7/07/2006

PARIDAD

He atendido con mucho interés la discusión que se realiza acerca de la Paridad. Los detractores o detractoras sostienen que no existe tal discriminación por lo que cada mujer debe esforzarse más para acceder socialmente a algún trabajo o para estudiar o para tener algún cargo importante.

Los que apoyan sostienen que la igualdad no es posible sin un incentivo legal que exija tal Paridad.

Mientras ésta discusión más bien política se realiza, se extraña el análisis realista de lo que en verdad sucede.

¿Porqué no ocupar entonces datos y cifras encontradas en estudios que nos muestran por ejemplo que cómo trabajadores ,produciendo lo mismo, el promedio de remuneraciones que alcanzan las mujeres es sólo el 68,9 % a la de los hombres?

Uno de los argumentos que se da por parte de algunas parlamentarias de la UDI para justificar la baja remuneración de las mujeres es que tienen mayor “Costo no salarial”, es decir cómo textualmente lo señala la Sra. Nogueira es que las mujeres somos un “Cacho” para los empresarios; o sea debemos entender que los costos no salariales, como por ejemplo el pago de sala cuna es de exclusividad sólo de la madre.

La realidad nos indica que en ningún tramo laboral los costos “ No salariales” de las mujeres, es mayor que el de los hombres.

El hecho biológico de que la mujer sea quien tiene los hijos ha sido el argumento central para las desigualdades existentes, sobre todo en el ámbito laboral y en el ámbito de la salud.

¿Debemos entender según lo planteado por la UDI que el costo de reproducción, es responsabilidad exclusiva de la mujer?

En salud no es mejor el panorama, son tres los factores que operan para las Isapres, el trato con cada cliente es diferenciado por la prima que se cancela, por el “Nivel de riesgo de cada persona” y por el “sexo” de cada asegurado.

Recordemos que hasta los años 70`s el sistema de salud en chile, era fundamentalmente público, en los 80`s, el Gobierno de turno realiza dos reformas, 1º Municipalización de los centros de atención primaria y 2º la creación de las Isapres.

En la ley que rige a las Isapres se establece en su artículo nº 38 el mecanismo operativo del cual disponen las Isapres para discriminar aquellos cotizantes tanto por su edad como también por su sexo. Esto se traduce finalmente que entre los 20 y los 60 años, la mujer debe pagar más por igual plan de salud que los hombres, siendo la edad cumbre los 30 años en donde la mujer llega a pagar el triple más que un hombre por igual plan de salud.

Debemos, eso si ser generosas, en un tramo de edad ésta diferencia disminuye y es a partir de los 70 años en donde la mujer iguala al hombre en el pago de la prima.

Entonces lejos de politizar el debate la ciudadanía espera de las autoridades parlamentarias y gubernamentales que sean solventes en la discusión y prácticos en las normativas legales que se implementen, se deben solucionar primero los problemas urgentes que tenemos las mujeres, cómo el acceso a un trabajo igual remunerado y el acceso igualitario a la salud en costos y cobertura, eso es Señoras Diputadas lo que nos afecta día a día a las mujeres comunes y corrientes.

Cecilia Valdés L.

Directora de Programas

Proyectamérica.

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