4/06/2007

Responsabilidad Penal Juvenil

Señor Director:

A propósito de la puesta en marcha de la ley de responsabilidad penal juvenil y su posible postergación por diversos factores - que no es del caso analizar en esta oportunidad- y teniendo en consideración la gradualidad que debe existir en la implementación de cambios de esta magnitud ( teniendo como ejemplos la reforma procesal penal, por un lado y, por otro, el Transantiago), me gustaría saber las razones que se tuvieron para desechar como factor de gradualidad la rebaja de edad en dos o más etapas, por ejemplo el primer año de vigencia se rebaja a 16 años y el tercer año de vigencia a 14 años. Me imagino que se habrá discutido esta posibilidad pero las razones para desecharla no sé si son más poderosas que nuevas postergaciones. Nunca es tarde para evaluar esta u otras alternativas si el riesgo del fracaso es alto. Espero que esta situación se evalúe con sentido de país, sacrificando legítimas posiciones políticas entre gobierno y oposición. En ese sentido, se extraña la voluntad por construir consensos sociales y políticos que existía a inicios de la década de los 90. Este y otros temas demandan la recuperación de ese espíritu.

Atentamente

Juan Carlos Palma Torres
abogado
Carta enviada al diario El Mercurio.

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