5/16/2007

Socialización, un Derecho Fundamental del Pueblo

Con motivo de la propuesta de estatizar el transporte de Santiago hecha por el Ex Presidente de la República, Camarada Senador Eduardo Frei Ruiz-Tagle, han surgido desde la derecha fuertes críticas ideológicas a dicha propuesta. Este debate desnuda la ideología de clase, conservadora y neoliberal de la derecha chilena.

La propuesta del Camarada Senador Frei Ruiz-Tagle es expresión profunda de la concepción de bien común de la democracia cristiana. Esta propuesta no demuestra una tendencia estatista en la democracia cristiana, sino que el valor de bien común de la conciencia comunitaria de nuestro partido.

La socialización del transporte de Santiago es un derecho fundamental del pueblo y de toda comunidad nacional. Esto adquiere tal relevancia que, por ejemplo, el orden constitucional alemán lo concibe dentro de su carta magna. El artículo 15 de la ley fundamental de la República Federal de Alemania declara: “Terrenos y bienes raíces, recursos naturales y medios de producción pueden llegar a ser transferidos a la propiedad común o a otra forma de economía común con motivo de la socialización a través de una ley, la que regula la manera y modo de la indemnización” (Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, Bundeszentrale für Politische Bildung, Dezember 2000, p. 19).

A partir de esta prueba de lo que es el derecho de socialización como derecho fundamental, nuestro orden constitucional debe considerar este derecho como parte de las bases de la institucionalidad de nuestro país. Por lo tanto, un orden constitucional auténticamente democrático es aquel que concibe el bien común como principio orientador de la política del Estado, es decir, un orden constitucional comunitario.

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